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Según
el ministro de Seguridad bonaerense León Arslanián,
en la Provincia de Buenos Aires hay inscriptas unas 750
empresas de seguridad, con unos 45.000 vigiladores registrados,
estos datos son aproximados y redondeados. Aproximados porque
muchas de esas empresas están registradas en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos
Aires simultáneamente, y por lo tanto hay vigiladores
inscriptos en ambos registros a fin de otorgar flexibilidad
operativa a la empresa. Esto origina una distorsión
importante, por cuanto sucede que muchas veces un vigilador
cubre guardias algunos días de un lado del límite
jurisdiccional y otros días del otro. Tanto en la
Provincia como en la Ciudad Autónoma se han creado
organismos para ejercer un mayor y mejor control sobre estas
empresas, tareas que antes efectuaban las fuerzas de seguridad
respectivas: la Policía Federal y la Policía
Bonaerense.
Varios
hechos deben ser considerados: al exigirse una reinscripción
anual, con importantes exigencias registrales y documentales
se ha avanzado mucho, en el sentido que sólo sean
autorizadas y reautorizadas empresas razonablemente serias
y responsables; se encuentran vigentes una Ley Nacional,
una Ley Provincial y una Ley de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, que regulan la actividad de la seguridad
privada; existen dos cámaras empresariales para las
empresas de vigilancia, otras dos para la actividad de seguridad
electrónica una para las alarmas domiciliarias y
de robo de autos, y un gremio común a todas las provincias
y la Ciudad Autónoma, pero otro especial para Córdoba;
las empresas mayoritariamente adoptan la forma societaria
de SRL o SA, aún cuando siguen operando Cooperativas
de Trabajo abocadas a brindar servicios de seguridad; las
sociedades de todo tipo son controladas por la Inspección
General de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia.
En cambio las Cooperativas son controladas por el Instituto
Nacional de Acción Cooperativa y Mutual.
En
materia de auditoria, es donde está el mayor déficit
de las empresas de seguridad. El diario Clarín aportó
fuentes estadísticas: en los años 70 solo
había unas 30 empresas privadas de seguridad que
empleaban a unos 20.000 vigiladores, y que hoy esa cifra
ronda por los 100.000 vigiladores; de ellos, 38.000 están
registrados en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires, a los que deben agregarse unos 7.000 ilegales…
controlados por 15 inspectores. De ser esto cierto, estamos
ante un gran problema. Si miramos el mapa de la Provincia
y recordamos sus dimensiones, su forma geográfica,
sus distancias, sus ciudades, su importante actividad agroindustrial.
Pensar en San Nicolás, Pergamino, Mar del Plata,
Miramar, Necochea, Bahía Blanca, y La Plata, es una
aproximación sobre la complejidad de lo que hay que
cuidar.
Surge
la pregunta: ¿Puede haber infidelidades entre los
empleados de esas empresas de seguridad? La realidad es
que sí, no a partir de en alguna estadística
al respecto, que no la hay, sino desde el mas elemental
ejercicio del sentido común. Si esto ha sucedido,
y en importantes proporciones, dentro de las instituciones
policiales del Estado, no podemos descartar que esto haya
ocurrido u ocurra en el futuro en las empresas de seguridad.
Cuanto
más auditorias y supervisión exista, mejor
calidad tendrán las Empresas, mayor esfuerzo volcaran
en la instrucción y adiestramiento de su personal,
y se sentirán respaldadas en su esfuerzo de ser competitivos
dentro de la Ley. No cundirá así el desaliento
que hoy campea en la actividad por la competencia desleal
que los prestadores clandestinos plantean, ofreciendo servicios
a valores inalcanzables por los que cumplen todas sus obligaciones
legales.
Por
otro lado, aparece el fantasma del trasgresor que aún
sabiendo que, inevitablemente, a esos valores habrá
muchas cosas que no pagará al día, es contratado
porque lo que hace es problema de el, sin advertir que el
régimen laboral consagra el principio de solidaridad
entre los empleadores cuando se afecta a los asalariados.
En
cuanto a la relación entre las seguridades pública
y privada puedo decirles que considero a ambas formando
parte de lo que es la seguridad ciudadana, que no significa
desnaturalizar ninguno de los principios vigentes, donde
el monopolio de la fuerza continúa indelegablemente
en poder del Estado. El delicado equilibrio entre ambas
seguridades debe hacerse mediante pasos sucesivos. Este
equilibrio podría empezar a partir de un intercambio
fluido de información que contribuya sustancialmente
a precisar los mapas del delito.
Si
hablamos de 45.000 vigiladores en total, quiere decir que
razonablemente si laboran turnos de 8 horas -o sea tres
turnos por día- en cada objetivo, tendríamos
desplegados permanentemente 15.000 vigías, cuya única
función sería en cuanto al nuevo sistema,
integrar una red de comunicaciones de intercambio de información,
aparte de la operacional de la policía donde se dan
y reciben ordenes, para poder informar a las centrales de
operaciones locales cualquier anormalidad que vean en su
cercanía. Se puede proponer más: en una segunda
etapa se puede incorporar a taximetreros, remiseros y conductores
de ambulancias al control que se podría ejercer sobre
las vías públicas. Además, esa cooperación
permitiría concentrar las tareas de patrullaje de
los uniformados en zonas donde no actúa la seguridad
privada, o en las zonas rojas de los mapas del delito.
Para
evitar los casos de falsas alarmas debería administrarse
el sistema creando incentivos para las empresas y los vigiladores
que hayan permitido un logro a través de su información.
El juicio de lo que puede ser novedad a informar por parte
de un vigilador medianamente adiestrado es mucho más
certero que el de un vecino común. Esto no es novedoso,
data de la Segunda Guerra Mundial y constituía la
base del intercambio de información táctica
entre buques de guerra y los partisanos en tierra.
El
Sistema Provincial de Seguridad Pública descrito
en la Ley 12.154 y modificado por la Ley 12.987, describe
en el articulo 3 del Titulo I "Principios y Bases Fundamentales"
que "A los fines de la presente Ley, la Seguridad Pública
implica la acción coordinada y la interacción
permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires, y
de las instituciones del sistema representativo, republicano
y federal, particularmente referida a las Policías
de la Provincia, a la Seguridad Privada y a la participación
comunitaria". Transitando por el interior de la Ley,
esta interacción queda establecida en el Titulo III
"Participación Comunitaria", donde en el
Capítulo II- articulo 16 b) dice como funciones (entre
otras) "Evaluar el funcionamiento y las actividades
de la Policías de la Provincia y de los prestadores
del servicio de seguridad privada, en su ámbito de
actuación".
La
estadística internacional nos dice que cada importe
invertido en prevención que no resulte efectivo o
eficiente, se traduce en seis veces el monto en la etapa
de represión, por lo que no tiene sentido escatimar
medios humanos y materiales en el primer paso. Estamos mal
en seguridad, estuvimos peor, pero vamos mejorando lentamente.
La velocidad de este tránsito es lo que nuestros
gobernantes tienen que regular en base a la percepción
de lo que siente la gente. Debemos exigir a quienes votamos
y a quienes no votamos.
*Juan
Carlos Cairó expuso en la "Jornada sobre Reflexión
y Propuesta para el País y la Provincia de Buenos
Aires" sobre el tema Seguridad Privada, actividad en
la que se desempeña desde hace 12 años.
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